ALQUILERES: Volante Alquiler (para entregar al mostrar una propiedad) - Reserva Alquiler - Contrato Alquiler Vivienda - Contrato Alquiler Comercial - Contrato Alquiler Temporario
COMPRAVENTA: Volante Venta (para entregar al mostrar una propiedad) - Reserva Compra - Boleto Compraventa - Boleto Compraventa Tracto Abreviado
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VOLANTE ALQUILER (entregar al mostrar una propiedad)
Si usted va a alquilar una propiedad es bueno que -al mostrarla- entregue un volante con la información precisa de las características y condiciones. Esto evitará inconvenientes a la hora de celebrar el contrato de locación. No se olvide que, como dueño, no puede comenzar la relación con su inquilino con malentendidos. Aquí proporcionamos un modelo tipo
ALQUILER: DOMICILIO - LOCALIDAD - .... AMB - .... m2
FRENTE / CONTRAFRENTE / LATERAL / INTERNO - ESTADO PINTURA Y PISOS - LAVADERO (si/no) - BALCÓN (si/no) - ORIENTACIÓN - OTROS DATOS IMPORTANTES
- Medios de Transporte: ...., ...., ....
- Escuelas: ...., ....
- Supermercados: ...., ....
CONDICIONES:
- ALQUILER: $.... (primer año) - $.... (segundo año)
- EXPENSAS: $.... (promedio últimos 3 meses)
- SERVICIOS A CARGO DEL INQUILINO: ...., ...., ....
- Meses de depósito: ....
- Meses adelantados a la firma del contrato: ....
- Gastos: $....
- Garantía: propietaria (zona? familiar?) / codeudores
- Acreditación de ingresos por: $....
- Forma de acreditación de ingresos: recibo haberes, constancias pago monotributo, declaración jurada impuesto ganancias.
RESERVA O CONSULTAS: comunicarse con Sr/a ........................
Tel part: .................. Celular: .......................
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RESERVA DE ALQUILER – PAGO DE GASTOS
Recibí de …………… la cantidad de PESOS …………. ($.....-) para afrontar gastos de certificados y contrato (y el excedente en carácter de reserva), por el alquiler del departamento sito en la calle …….., en las siguientes condiciones.
Valor del alquiler $......-, pagaderos del siguiente modo: $.....- el primer año, y $.....- el segundo año).
Los gastos totales al momento de la firma del contrato serán los siguientes:
Depósito en garantía $.........-
Gastos Contrato: …...- (1)
Certificados: ……- (1)
Sellado: ..….-
Firmas (cert) ..….- $.........-
Mes adelantado $.........-
TOTAL $.........-
La documentación a presentar a los efectos del ofrecimiento de garantías (en el plazo de ….. días) son:
1. Recibo de sueldos.
2. Garantía propietaria familiar (o con vínculo acreditado),
3. Copia DNI de la totalidad de las personas que residirán en el inmueble.
4. Copia DNI de garantes y sus cónyuges.
5. Otras
La presente reserva es ad-referendum del resultado del estudio de las garantías ofrecidas.
La interesada manifiesta haber visitado la unidad, estando conforme con el estado de la misma a los efectos de celebrar el contrato de locación.
Fecha de firma del contrato de alquiler: …………
Firma, Aclaración y DNI propietario:
Firma, Aclaración y DNI interesado:
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CONTRATO DE ALQUILER VIVIENDA
Entre ............, D.N.I.…………, domiciliado en la calle ………… de la Ciudad de ………… (tel. ………… cel. …………), en adelante la parte LOCADORA (propietario) por una parte, y por la otra ………… con D.N.I. …………, y ………… con D.N.I. ………… con domicilio en ………… de la Ciudad de …………, en adelante la parte LOCATARIA (inquilino), se conviene celebrar el presente contrato de locación, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA. Objeto: La LOCADORA da en locación el departamento de su propiedad ubicado en la calle ………… de la Ciudad de …………, y los LOCATARIOS reciben dicha unidad a su entera satisfacción, con sus instalaciones, puertas, pisos, herrajes, llaves, instalación eléctrica, sanitaria y de gas, una línea telefónica con su respectivo aparato, todo en buen estado de uso y funcionamiento, obligándose a mantenerlos en este mismo estado y a pagar cuando restituya la unidad, el importe de los objetos que faltaren y de los desperfectos ocasionados. La LOCADORA se reserva el derecho para cuando lo considere oportuno, de verificar el estado y cantidad de los mismos, debiendo notificar a la parte LOCATARIA con 48 horas de anticipación. SEGUNDA. Destino: La parte LOCATARIA destinará la unidad a vivienda personal de ......... y ...... ........................, no pudiendo incorporar nuevos inquilinos, efectuar otras actividades ni cambiar el destino, salvo expresa conformidad por escrito de la parte LOCADORA. Esta prohibición constituye cláusula esencial del contrato en virtud del destino general del inmueble. TERCERA. Vigencia: El presente contrato de locación tendrá una duración de veinticuatro (24) meses a partir del ………… y finalizando el ………… CUARTA. Alquiler: El alquiler queda pactado en la suma de PESOS ………… ($………….-) mensuales, pagaderos del siguiente modo: PESOS ………… ($…………-) mensual durante el primer año de locación, y PESOS ………… ($………….-) mensual durante el segundo año de locación. QUINTA. Gastos: Serán a cargo de los LOCATARIOS, los gastos de expensas comunes, los gastos y expensas por reparaciones ordinarias y extraordinarias (ver nota al pie 1) , así como también las facturas por consumo de energía eléctrica, Gas, Teléfono, Aguas Argentinas y Alumbrado Barrido y limpieza, debiendo entregar a LA LOCADORA mensualmente en su domicilio las facturas pagas en su primer vencimiento, situación que acreditará por recibo o fotocopia firmada como constancia de recepción por la parte LOCADORA. La falta de acreditación y/o pago de dos meses consecutivos de expensas, impuestos o servicios, traerá aparejadas las mismas consecuencias que la falta de pago del cánon locativo. Los LOCATARIOS se comprometen a abonar puntualmente las expensas y los servicios e impuestos, siendo a su cargo las multas, punitorios, intereses, etc. y demás gastos que sean necesarios efectuar en concepto de pagos fuera de término y/o por la reimplantación de los mismos interrumpidos. Todos estos rubros se declaran parte integrante del precio del alquiler, y su falta de pago traerá aparejada las mismas consecuencias que las previstas para la falta de pago del canon locativo, así como la responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasionare a la LOCADORA la pérdida de cualquiera de los servicios. SEXTA. Actualización: El alquiler podrá ser modificado por acuerdo expreso entre LOCADORA Y LOCATARIO. SEPTIMA. Lugar y fecha de pago: Los alquileres correspondientes serán abonados del 1 al 5 de cada mes en el domicilio de la locadora o donde ésta lo indique con posterioridad de modo fehaciente. OCTAVA. Mora, intereses: La mora se producirá automáticamente por el mero vencimiento del plazo fijado sin necesidad de intimación alguna, estableciéndose una multa equivalente al 0.6% de los importes adeudados que deberá abonar la parte LOCATARIA por cada día de retraso, pudiendo la parte LOCADORA rehusarse al cobro de alquileres y gastos fuera de término sin el pago conjunto de los intereses antedichos. Se deja expresa constancia de que los intereses aquí establecidos lo son en carácter de resarcitorios y punitorios. La LOCADORA podrá rehusarse al cobro de alquileres fuera de término, sin el pago conjunto de la multa antedicha. Si el pago se hace fuera del plazo convenido, los importes que reciba la LOCADORA se imputarán necesariamente en primer lugar a multas y el saldo a los alquileres. NOVENA. Obligaciones parte Locataria:Son obligaciones de los LOCATARIOS: a) no introducir modificación alguna ni cambios, ni nuevas instalaciones que afecten las existentes en la unidad sin previo permiso escrito de la LOCADORA, y de acuerdo con las ordenanzas municipales vigentes y el Reglamento de Copropiedad y Administración, quedando una vez autorizadas y ejecutadas las mismas para beneficio de la propiedad a la finalización de este contrato, sin desembolso alguno por parte de la LOCADORA. Asimismo los LOCATARIOS se obligan una vez vencido el plazo contractual, y en el caso de que la LOCADORA así lo exigiera a demoler las modificaciones efectuadas y a restablecer la unidad locada en el mismo estado en que la recibió a entera satisfacción de ésta; b) no subarrendar, prestar, transferir absolutamente, vender ni ceder en parte o en todo la propiedad y por ende este contrato so pena de rescindir el mismo; c) no almacenar o depositar artículos o mercaderías, sean inflamables o no, y las que por sus características hagan peligrar la seguridad del edificio, o perjudiquen o perturben a los demás ocupantes del edificio o de fincas linderas, o puedan por su naturaleza invalidar pólizas de seguro existentes del edificio; d) permitir que la LOCADORA inspeccione por sí o por terceros el estado de la unidad y verifique el cumplimiento de las obligaciones contractuales de los LOCATARIOS como la reparación de los servicios sanitarios, luz o cualquier otro que fuera necesario; e) pagar los impuestos y tasas que correspondan al destino de la locación; f) no instalar aparatos eléctricos que por su potencia o su naturaleza puedan perjudicar la instalación eléctrica existente o causar daños a la propiedad. DECIMA. Seguros:La parte LOCADORA no se responsabiliza en caso de roturas u obstrucción de cañerías, filtraciones y/o inundaciones por los posibles daños que esto ocasione a la parte LOCATARIA, como tampoco por accidentes, casos fortuitos, incendios o cualquier otro siniestro que afectare personas o cosas que se hallaren en el inmueble locado, ni por las molestias que puedan ocasionar la ejecución de trabajos que deban ser realizados por exigirlo la conservación y remodelación del edificio, ni por falta total o parcial de servicios por fuerza mayor, falta de provisión de energía eléctrica, gas, agua, ni por cualquier otra causa. En tal sentido, la parte LOCATARIA, deberá contratar los seguros que crea pertinentes para preservarse de tales riesgos. DÉCIMO PRIMERA. Desalojo. Indemnización: Serán causales de desalojo: la falta de pago de dos (2) meses de alquiler y/o gastos en los plazos determinados en este contrato, o el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por la parte LOCATARIA en este contrato, pudiendo la parte LOCADORA reclamar la suma de 3 meses de alquiler, lapso durante el cual se conviene como razonable, la demora para la selección de un nuevo LOCATARIO. DÉCIMO SEGUNDA. Acción Desalojo. Indemnizac.: Salvo convenio de ambas partes se deberá entregar la unidad alquilada a la LOCADORA libre de ocupantes y de efectos al término de la locación. Si el LOCATARIO, por cualquier causa, no diera cumplimiento a su obligación de restituir la unidad, se hará pasible de los daños y perjuicios por la demora en la entrega, que se fija de común acuerdo en un 5% del alquiler mensual que estaba en vigencia por cada día que sobrepase a la fecha de convenida como término de la presente locación, además del alquiler pactado. Si el LOCATARIO diera motivos por cualquier causa a que se iniciara juicio de desalojo, se compromete a pagar desde la iniciación del juicio y hasta que la LOCADORA reciba las llaves de la propiedad a su satisfacción la suma de pesos equivalentes al doble del alquiler pactado a esa fecha, en concepto de cláusula penal que las partes estipulan, además del alquiler pactado. La entrega de las llaves de la propiedad, deberá justificarla el LOCATARIO con documentos escritos emanados de la LOCADORA, no admitiéndose otro medio de prueba, salvo el supuesto de consignación en la sede arbitral pactada en el presente contrato. En caso de consignación de las llaves, el alquiler regirá hasta el día en que la LOCADORA tome tenencia real y efectiva de la propiedad. Llegado el caso de incapacidad física y/o jurídica de la LOCADORA, el LOCATARIO podrá vencido el contrato, hacer entrega de las llaves a su representante y/o consignarlas. A partir del momento en que la LOCADORA o quien la represente se haga de las llaves y con ellas de la tenencia real y efectiva de la propiedad locada, el LOCATARIO no devengará suma alguna en concepto de alquiler.- A los efectos de la entrega de la unidad al vencimiento de la presente locación, la parte LOCADORA otorgará a la parte LOCATARIA un plazo de gracia de 15 días corridos durante el cual no se entenderá que existe mora en la entrega debiendo, en tal caso, abonar el importe del alquiler correspondiente a dicho período, con más el importe de los gastos por impuestos y servicios correspondientes. DECIMO TERCERA. Depósito en Garantía: En garantía del fiel cumplimiento del presente contrato de locación, los LOCATARIOS entregan en efectivo la suma de pesos ………… ($………….-) sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago. Este depósito no devengará interés alguno ni podrá ser aplicado al pago de alquileres adeudados por parte de los LOCATARIOS, ni a ningún otro concepto, y le será restituido vencido el contrato contra oportuna entrega de la unidad, previa verificación del estado en que se encuentra y conformado los pagos de consumo eléctrico, abono telefónico, Gas, Expensas, y los impuestos pactados que corresponda, con la exhibición de los recibos y Libres deuda respectivos. Queda facultada la LOCADORA para deducir de dicha suma, la cantidad que fuera necesaria para abonar cuentas pendientes, reparar desperfectos o hacer todo gasto que fuera necesario para restituir el bien al estado en que se entrega, sin perjuicio del derecho de la LOCADORA a reclamar una suma mayor si se le debiera por cualquier concepto. Los LOCATARIOS se comprometen a entregar la unidad en buen estado de pintura a satisfacción de la LOCADORA y con la totalidad de sus llaves internas y externas. DÉCIMO CUARTA. Plazos, mora: Los términos y plazos estipulados son perentorios y sus vencimientos producen la mora automáticamente sin necesidad de interpelación de ninguna clase. DÉCIMO QUINTA. Jurisdicción: Toda desavenencia o conflicto relacionados con el presente contrato se resolverá definitivamente por un proceso arbitral -de ser posible, utilizando el reglamento simplificado- que se desarrollará ante el Tribunal Arbitral del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción. A todos los efectos legales, se tendrán como domicilios constituidos y válidos los establecidos en este contrato. DÉCIMO SEXTA. Teléfono y Servicios. Pase de Titularidad: La unidad locada cuenta con línea telefónica nro. ………… con el respectivo aparato telefónico. Deberá la parte LOCATARIA pasar la línea a su nombre durante la vigencia del contrato de locación, comprometiéndose a restituirla a la finalización del mismo a la parte LOCADORA. Deberála parte LOCATARIA abonar los importes que correspondieran durante la vigencia del contrato, a efectos de no ocasionar la pérdida de la línea ni del respectivo número telefónico comprometiéndose a abonar los importes que sean necesarios para la restitución del servicio. También deberá la parte LOCATARIA pasar a su nombre los servicios de gas y luz. La transferencia de los servicios deberá hacerla la parte LOCATARIA dentro de los 30 días de firmado el presente contrato. El traspaso de los servicios a su nombre, no la eximirá del pago de los importes imputables al período de la presente locación. La parte LOCATARIA se hace responsable por los daños y perjuicios por la falta de pago o pérdida de los servicios de la unidad. DÉCIMO SEPTIMA. Fiadores:La Sra. …………, con D.N.I. ………… y el Sr. …………, con D.N.I. …………(ver nota al pie 2) ambos con domicilio en la calle ………… (UF …………) de la CIUDAD DE ………… (tel.: …………), se constituyen en fiadores lisos, llanos solidarios y principales pagadores de todas las obligaciones emergentes de este contrato, ya sean alquileres, intereses, indemnizaciones por daños y perjuicios, costas, costos y honorarios de acciones relativas a la unidad, alcanzando su responsabilidad a todo el tiempo en que los LOCATARIOS ocupen lo locado, y aún después de haber vencido el presente contrato y hasta tanto la unidad sea recibida de conformidad por la LOCADORA, con sus llaves respectivas, siendo entendido que la consignación de las mismas no harán cesar el curso de los alquileres, ni de las indemnizaciones correspondientes por ocupar el bien locado después del vencimiento del contrato, renunciando a los beneficios de exclusión y división, al beneficio de recusar sin causa, al igual que los LOCATARIOS, al árbitro interviniente en forma expresa, desde la firma del presente, así como también a la interpelación previa, en caso de incumplimiento de los locadores principales. Esta fianza subsistirá aún en caso de prórroga de éste contrato, ya sea ésta dispuesta en forma convencional, o por disposición legal, y aunque en el futuro se modifique o incremente el precio del alquiler, constituyendo domicilio especial en el indicado en la presente cláusula. Para esta fianza, ofrecen en garantía la PROPIEDAD SITA EN LA CALLE ………… U.F. …………, inscripta en la MATRICULA FR ………… del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de …………. DÉCIMO OCTAVA. Obligación del Garante, sustitución de Garantía: Queda expresamente convenido que en caso de que el garante decidiera vender, enajenar o hipotecar el bien dado en garantía, o el mismo fuera embargado por algún motivo ajeno al presente contrato, así como si sufriera cualquier otra restricción al dominio, deberá comunicarlo a la parte LOCADORA y a la LOCATARIA en forma fehaciente y con una antelación mínima de treinta (30) días. El incumplimiento de éste compromiso por parte del/a garante no lo eximirá de la responsabilidad asumida, y será pasible de los daños y perjuicios que la falta de notificación convenida en la presente cláusula, ocasione a la parte LOCADORA. A partir de la comunicación, la parte LOCATARIA deberá presentar a la LOCADORA, una nueva garantía dentro del radio de la CIUDAD DE ………… en un plazo que no exceda al término de los 10 días corridos y a plena satisfacción de la parte LOCADORA. La aceptación fehaciente de la nueva garantía por parte de la LOCADORA recién liberará a los garantes del compromiso asumido por éste instrumento. Si la parte LOCATARIA no ofreciera garantía en reemplazo a satisfacción de la locadora, se constituirá en causal de desalojo de la unidad. DÉCIMO NOVENA. Reparaciones y mantenimiento:Es a cargo de los LOCATARIOS la reparación y mantenimiento de las instalaciones, artefactos y accesorios de la propiedad, cualquiera sea la causa de los desperfectos, manifestando haber visitado y controlado su estado, estando el mismo a su entera conformidad. Las reparaciones previstas en la presente cláusula son consideradas parte del alquiler pactado, por cuanto se ha tenido en cuenta al fijar el precio del alquiler motivo de la presente locación. A éste fin, se deja expresa constancia que la unidad objeto de la presente locación es de ………… ambientes, …………, …………, cocina y baño completo (total ………… m2), y que el valor del mercado de alquileres para unidades similares, es de $………….- promedio (estilándose abonar $………….- el primer año y $………….- el segundo año). VIGÉCIMA. Estado de la unidad. Restitución:Se deja expresa constancia que la unidad entregada se encuentra en perfecto estado de pintura, sus pisos plastificados, con todos sus herrajes colocados, con portalámparas y bombitas en todos los ambientes, con la baranda del balcón recientemente reparada, pintada y totalmente libre de óxido, los pisos sin manchas, debiendo LOS LOCATARIOS mantener la unidad y restituirla en igual estado al finalizar la locación. VIGÉCIMO PRIMERA. Prohibiciones: Queda expresamente prohibida la tenencia de animales en la unidad locada, empapelar cualquiera de los ambientes, y colocar protecciónes metálicas en balcones y ventanas sin la expresa conformidad por escrito de la LOCADORA y, no obstante, a la finalización del contrato deberá realizarse la devolución de la unidad en el mismo estado en que se encuentra. Respecto de las protecciones para ventanas y balcones, sólo será admitida la protección de redes tejidas. VIGÉCIMO SEGUNDA. Legislación supletoria: Supletoriamente, y para las cuestiones no pactadas expresamente en el presente contrato, será de aplicación la ley de alquileres 23.091. VIGÉCIMO TERCERA. Domicilios: A todos los efectos legales las partes constituyen domicilio en los indicados en el presente contrato, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones efectuadas. VIGÉCIMO CUARTA. Notificación fehaciente: Ambas partes pactan como medio de comunicación fehaciente la Carta Documento, o la entrega de carta manuscrita original, contra firma de la copia por el receptor.
De plena conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de …………, a los ………… días del mes de ………… de ………….----------------------------------------------------------
FIRMA, ACLARACIÓN, DNI LOCADOR
FIRMA, ACLARACIÓN, DNI LOCATARIO1
FIRMA, ACLARACIÓN, DNI LOCATARIO2
FIRMA, ACLARACIÓN, DNI GARANTE1
FIRMA, ACLARACIÓN, DNI GARANTE2
NOTAS AL PIE
1Expensas extraordinarias: estas expensas pueden incluirse a cargo del locador, aclarando que forman parte del canon locativo, y cuyo valor ha sido tenido en cuenta al fijar el mismo.
2 Garantía: en caso de una propiedad a nombre de una persona casada, deberán firmar ambos cónyuges el contrato de locación, en conformidad con el ofrecimiento de la garantía.
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